.
.
.
Búsqueda avanzada
.
.
.
año:2022
 
institución:COMITE CANTONAL DE DEPORTE Y RECREACION DE PUNTARENAS
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

4 resultados encontrados en 31 ms. Página 1 de 1
Descargar    Expandir/Colapsar
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Fiscalización para el Desarrollo Local Al contestar refiérase al oficio n.° 14371 01 de setiembre, 2022 DFOE-LOC-1565 Señora Katya Berdugo Ulate Presidenta Comité Cantonal de Deportes y Recreación ccdr.puntarenas@deporteyrecreacioncr.com MUNICIPALIDAD DE PUNTARENAS Puntarenas Estimada señora: Asunto: Emisión de criterio solicitado por el Comité Cantonal de Deportes y Recreación de Puntarenas, relativo a consultas de carácter presupuestario Se procede a dar respuesta al oficio n.° MP-CCDRP-JD-OF0421-07-2022 de 14 de julio de 2022, por medio del cual se plantean algunas dudas de carácter presupuestario relativas los Comités Cantonales de Deportes y Recreación (CCDR). I. MOTIVO DE LA GESTIÓN En el texto de la consulta, se solicita criterio del Órgano Contralor, debido a que el CCDR de Puntarenas no cuenta con un departamento de asesoría legal ni tiene acceso a un profesional en derecho que los asesore directamente, y ni siquiera pueden consultar al Departamento Legal de la Municipalidad de Puntarenas, ya que según indican, el Alcalde así lo dispuso. Por lo que, plantean las siguientes interrogantes: (…) 1. Cuál órgano jerárquico ¿Concejos Municipales o Juntas Directivas de los Comités Cantonales de Deportes tienen la potestad de aprobar las modificaciones presupuestarias y los presupuestos extraordinarios de los Comités Cantonales de Deportes? 2. ¿Requieren las modificaciones presupuestarias de los Comités Cantonales de Deportes la aprobación del Concejo Municipal o simplemente lo conocen? 3. ¿Favor indicarme, si los presupuestos extraordinarios de los Comités Cantonales de Deportes requieren la aprobación del Concejo Municipal o solamente son de conocimiento? 4. ¿Si los presupuestos ordinarios de los Comités Cantonales de Deportes, después de haber sido aprobados por la Junta Directiva, deben someterse a la revisión, corrección y aprobación del Concejo Municipal? O, en su efecto (sic.), son solamen ...
Fecha publicación: 06/09/2022
Fecha emisión: 01/09/2022
Institución: COMITE CANTONAL DE DEPORTE Y RECREACION DE PUNTARENAS
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo Local
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Comite Cantonal de Deportes , Aprobacion Presupuestaria , Modificacion Presupuestaria, CCDR


División Jurídica Al contestar refiérase al oficio Nº 11457 7 de julio del 2022 DJ-1507 Señora Katia Berdugo Ulate, Presidente COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE PUNTARENAS Ce: ccdr.puntarenas@deporteyrecreacioncr.com Estimada señora: Asunto: Se rechaza consulta por incumplirse el requerimiento previo. Se refiere este Despacho a su oficio número MP-CCDRP-JD-OF226-06-2022, mediante el cual solicita criterio a este Órgano Contralor mediante 4 consultas relacionadas con el tema de aprobación y modificación presupuestaria. Dentro de la presente gestión, se realizó una prevención a la administración, por medio del oficio 10875-2022 del 27 de junio del año en curso, que le fue debidamente notificado (ccdr.puntarenas@deporteyrecreacioncr.com), con el fin de que aportara criterio legal. En ese sentido, el artículo 10 del “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, resolución R-DC-197-2011 publicado en Gaceta Nº 244 del 20 de diciembre de 2011, indica lo siguiente: “Artículo 10º—Plazo para cumplir prevención de requisitos. En aquellos casos en los que se prevenga el cumplimiento de uno o varios requisitos en los términos del artículo anterior, se concederá un plazo de hasta 5 días hábiles al sujeto consultante, bajo el apercibimiento de archivar la gestión en caso de incumplimiento. Dicho plazo Interrumpe el plazo de resolución regulado en el artículo 14 de la presente normativa” Así las cosas, con fundamento en lo dispuesto en el artículo antes citado, al haber transcurrido sobradamente el plazo otorgado, sin que a la fecha se haya atendido nuestro Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica mailto:ccdr.puntarenas@deporteyrecreacioncr.com http://www.cgr.go.cr/ División Jurídica 2 requerimiento o se hayan expuesto razones que pudieran justificar las omisione ...
Fecha publicación: 07/07/2022
Fecha emisión: 07/07/2022
Documento: 11457-2022.pdf
Institución: COMITE CANTONAL DE DEPORTE Y RECREACION DE PUNTARENAS
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


División Jurídica Al contestar refiérase al oficio Nº 10875 27 de junio del 2022 DJ-1422 Señora Katia Berdugo Ulate, Presidente COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE PUNTARENAS Ce: ccdr.puntarenas@deporteyrecreacioncr.com Estimada señora: Asunto: Se previene cumplimiento de requisitos para presentación de consultas ante la CGR. Criterio legal. Se refiere este Despacho a su oficio número MP-CCDRP-JD-OF226-06-2022, mediante el cual solicita criterio a este Órgano Contralor mediante 4 consultas relacionadas con el tema de aprobacion y modificacion presupuestaria. De conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, número 7428, del 07 de setiembre de 1994, el órgano contralor ejerce la potestad consultiva en el ámbito de sus competencias, de manera que atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley. En este sentido, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las ocho horas del trece de diciembre del 2011, publicado en la Gaceta No. 244 del 20 de diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva. Concretamente, el artículo 8 del mismo texto normativo, establece los requisitos de obligatorio cumplimiento para la presentación de consultas ante la Contraloría General de la Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica mailto:ccdr.puntarenas@deporteyrecreacioncr.com http://www.cgr.go.cr/ División Jurídica 2 República. De acuerdo con ello se advierte que su consulta no cumple con lo preceptuado en el inciso 6) de dicho artí ...
Fecha publicación: 27/06/2022
Fecha emisión: 27/06/2022
Documento: 10875-2022.pdf
Institución: COMITE CANTONAL DE DEPORTE Y RECREACION DE PUNTARENAS
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO


División Jurídica Al contestar refiérase al oficio Nº 10000 15 de junio del 2021 DJ-1331 Señora Katia Berdugo Ulate, Presidente COMITÉ CANTONAL DE DEPORTES Y RECREACIÓN DE PUNTARENAS Ce: ccdr.puntarenas@deporteyrecioncr.com Estimada señora: Asunto: Se previene cumplimiento de requisitos para presentación de consultas ante la CGR. Criterio legal. Se refiere este Despacho a su oficio número MP-CCDRP-JD-OF226-06-2022, mediante el cual solicita criterio a este Órgano Contralor mediante 4 consultas relacionadas con el tema de aprobacion y modificacion presupuestaria. De conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, número 7428, del 07 de setiembre de 1994, el órgano contralor ejerce la potestad consultiva en el ámbito de sus competencias, de manera que atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley. En este sentido, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las ocho horas del trece de diciembre del 2011, publicado en la Gaceta No. 244 del 20 de diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva. Concretamente, el artículo 8 del mismo texto normativo, establece los requisitos de obligatorio cumplimiento para la presentación de consultas ante la Contraloría General de la República. De acuerdo con ello se advierte que su consulta no cumple con lo preceptuado en el inciso 6) de dicho artículo que textualmente cita: Contraloría General de la República T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica http://www.cgr.go.cr/ División Jurídica 2 “Artículo 8º—Requisitos ...
Fecha publicación: 15/06/2022
Fecha emisión: 15/06/2022
Documento: 10000-2022.pdf
Institución: COMITE CANTONAL DE DEPORTE Y RECREACION DE PUNTARENAS
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO